Viene de la primera parte.
2.B) EL PLAN DE ACCIÓN EUROPEO CONTRA EL FRAUDE Y LA EVASIÓN FISCALES.
Con estas limitaciones, en junio de 2012, la Comisión Europea presentó un “Plan de Acción para reforzar la lucha contra el fraude fiscal y la evasión fiscal”, diferenciando entre las siguientes estrategias y bloques de actuaciones:
A) Mejor uso de los instrumentos existentes e iniciativas de la Comisión que deben avanzar:
- Nuevo marco de la cooperación administrativa entre las Administraciones Tributarias europeas, en especial, la nueva Directiva 2011/16/UE del Consejo, de 15 de febrero de 2011, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.
- Cerrar los resquicios en materia de fiscalidad del ahorro, lo que supone aprobar la modificación de la Directiva de imposición mínima sobre el ahorro, a la cual se oponen Luxemburgo y Austria.
- Proyecto de acuerdo contra el fraude y de cooperación en materia fiscal con Liechtenstein.
- Mecanismos de reacción rápida contra el fraude en el ámbito del IVA, ya aprobado.
- Aplicación optativa del mecanismo de inversión del sujeto pasivo del IVA, ya aprobado.
- Foro de la UE sobre el IVA que ya está en marcha.
B) Nuevas iniciativas de la Comisión.
- Recomendación relativa a las medidas destinadas a alentar a los terceros Estados a aplicar normas mínimas de buena gobernanza en el ámbito fiscal, ya aprobada.
- Recomendación sobre la planificación fiscal agresiva, también aprobada.
- Creación de una plataforma de buena gobernanza fiscal.
- Mejoras en el ámbito de las prácticas perjudiciales en materia de fiscalidad de las empresas y ámbitos afines.
- Portal “NIF en EUROPA”.
- Formularios normalizados para el intercambio de información en el terreno de la fiscalidad.
- Una eurodesnaturalizante para el alcohol completa o parcialmente desnaturalizado.
C) Iniciativas y acciones futuras a llevar a cabo:
C.I. A corto plazo.
- Revisión de la Directiva europea sobre sociedades matrices y filiales, 2011/96/UE, muy avanzada.
- Revisión de las disposiciones contra las prácticas abusivas en la legislación de la UE.
- Promover la norma de intercambio automático de información en Foros internacionales y las herramientas informáticas de la UE, ya se está practicando.
- Código del Contribuyente europeo.
- Cooperación reforzada con otras instancias encargadas de hacer cumplir la Ley.
- Promover el uso de inspecciones simultáneas y la presencia de funcionarios extranjeros en las auditorías fiscales.
- Obtener un autorización del Consejo para iniciar negociaciones con terceros Estados con el fin de alcanzar acuerdos bilaterales de cooperación administrativa en materia del IVA.
C.II. Medidas a medio plazo.
- Desarrollar un formato informatizado para el intercambio automático de información.
- Uso de un único Número de Identificación Fiscal en la UE.
- Racionalizar las herramientas informáticas-
- Directrices para la trazabilidad de los flujos monetarios.
- Mejorar las técnicas de gestión de riesgos.
- Ampliar Eurofisc a los impuestos directos.
- Crear un sistema de “ventanilla única” en todos los Estados miembros.
- Desarrollar incentivos para el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
- Crear un portal “web” sobre fiscalidad.
- Proponer una armonización de las sanciones penales y administrativas en el área tributaria.
- Elaborar un documento normalizado de auditoría fiscal de la UE.
C.3. Propuestas a largo plazo.
- Metodología para auditorías conjuntas.
- Desarrollar el acceso directo mutuo a las Bases de Datos nacionales.
- Elaborar un instrumento jurídico único para la cooperación administrativa europea en todos los impuestos.
Domingo Carbajo Vasco y Luis Peragón Lorenzo.